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'''Hardware de Fuentes Abiertas (Ing. Open Source Hardware OSHW)'''
<a href=http://diclofenacsodec.webcam/>diclofenac</a> <a href=http://viagra-online-canadian-pharmacy.xyz/>viagra online canadian pharmacy</a> <a href=http://buy-torsemide.space/>helpful hints</a> <a href=http://buy-clomid.us/>clomid</a> <a href=http://finasteride.party/>propecia</a> <a href=http://provera2016.us/>provera tablets</a> <a href=http://orderviagra.bid/>viagra</a>
 
''Traducción Original: David Cuartielles [http://arduino.cc Arduino]''
 
''Contribuciones (&Iacute;ndice, Enlaces, Citas y Secciones restantes): [http://freedomdefined.org/User:Joan_Espinoza Joan Espinoza] [http://www.pinguino.org.ve Ping&uuml;inoVE]
 
{|__TOC__
|}
 
Esta página alberga la versi&oacute;n 1.0 de la actual Propuesta de Principios y Definición de Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW). La declaración de ''principios'' es una descripción de alto nivel de los ideales del hardware de fuentes abiertas. La ''definición'' es un intento de aplicación de esos ideales a un estándar por el cual evaluar las licencias para los diseños de hardware.
 
Para endosar la Definición 1.0 de Hardware de Fuentes Abiertas, por favor agregue su nombre (y afiliaci&oacute;n)
[http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements aqu&iacute;] (v&iacute;nculo a la p&aacute;gina original de endosos en ingl&eacute;s).
 
[http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts Borradores previos de la definici&oacute;n tambi&eacute;n est&aacute;n disponibles].
 
El compilado de los comentarios de la comunidad respecto a las versiones anteriores de la definición se puede encontrar [http://www.openhardwaresummit.org/compiled-feedback/ aqu&iacute;]
 
Si desea proponer cambios a la declaraci&oacute;n de principios o a la definici&oacute;n, por favor h&aacute;galo en el [http://freedomdefined.org/OSHW_draft borrador de trabajo en curso]. Y, por favor, firme mientras lo edita, no de forma an&oacute;nima.
 
''Por favor &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;]''
 
== Declaración de Principios 1.0 ==
 
Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW en ingl&eacute;s) es aquel hardware cuyo dise&ntilde;o se hace disponible p&uacute;blicamente para que cualquier persona lo pueda estudiar, modificar, distribuir, materializar y vender, tanto el original como otros objetos basados en ese dise&ntilde;o. Las fuentes del hardware (entendidas como los ficheros fuente) habr&aacute;n de estar disponibles en un formato apropiado para poder realizar modificaciones sobre ellas. Idealmente, el hardware de fuentes abiertas utiliza componentes y materiales de alta disponibilidad, procesos estandarizados, infraestructuras abiertas, contenidos sin restricciones, y herramientas de fuentes abiertas de cara a maximizar la habilidad de los individuos para materializar y usar el hardware. El hardware de fuentes abiertas da libertad de controlar la tecnolog&iacute;a y al mismo tiempo compartir conocimientos y estimular la comercializaci&oacute;n por medio del intercambio abierto de dise&ntilde;os.
 
== Definici&oacute;n 1.0 ==
 
El borrador de la «Definici&oacute;n 1.0 del hardware de fuentes abiertas»  se basa en la [http://opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»] para software en c&oacute;digo abierto y el [http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts borrador de la «Definici&oacute;n del Hardware de Fuentes Abiertas 0.5»]. Dicha definici&oacute;n es un derivado de la [http://www.opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»], creada por Bruce Perens y los desarrolladores de Debian y conocida como la «Gu&iacute;a de Estilo del Software Libre para Debian». [http://www.eyebeam.org/projects/Opening-hardware Aqu&iacute;] se encuentran videos y documentaci&oacute;n del taller de hardware abierto que inici&oacute; el proceso de creaci&oacute;n de la definici&oacute;n. [http://openhardwaresummit.org/forum Aqu&iacute;] podr&aacute;s participar en la conversaci&oacute;n sobre la definici&oacute;n.
 
'''Introducci&oacute;n'''
 
El «Hardware de fuentes abiertas» es un t&eacute;rmino para denominar artefactos tangibles - m&aacute;quinas, dispositivos, u otros objetos del mundo f&iacute;sico - cuyo dise&ntilde;o ha sido publicado de forma tal que cualquier persona pueda fabricar, modificar, distribuir y usar esos objetos. Esta definici&oacute;n tiene la intenci&oacute;n de proveer una gu&iacute;a para el desarrollo y evaluaci&oacute;n de licencias para «Hardware de fuentes abiertas».
 
Es importante notar que el hardware es diferente del c&oacute;digo (software) en la forma que los recursos f&iacute;sicos se dedican a la creaci&oacute;n de objetos f&iacute;sicos. De esta manera, personas o entidades produciendo objetos ("productos") bajo una licencia OSHW tienen la obligaci&oacute;n de no declarar que dichos objetos hayan sido manufacturados, vendidos, garantizados o autorizados en cualquier forma por el dise&ntilde;ador original. Adem&aacute;s dichas personas o entidades no deber&aacute;n usar ninguna de las marcas registradas en posesi&oacute;n del dise&ntilde;ador original.
 
Los términos de distribuci&oacute;n del «Hardware de fuentes abiertas» habr&aacute;n de seguir los siguientes criterios:
 
'''1. Documentaci&oacute;n'''
 
El hardware liberado ha de incluir documentaci&oacute;n en la forma de ficheros de dise&ntilde;o y deber&aacute; permitir la modificaci&oacute;n y redistribuci&oacute;n de los mismos. Si la documentaci&oacute;n no acompa&ntilde;a al producto f&iacute;sico, deber&aacute; proporcionarse de manera clara la manera en que conseguir la informaci&oacute;n por no m&aacute;s que un razonable coste de reproducci&oacute;n, preferentemente por medio de una descarga desde internet libre de cargo. La documentaci&oacute;n deber&aacute; incluir los ficheros de dise&ntilde;o en un formato que permita introducir cambios, por ejemplo el formato nativo de un programa de CAD. No se permiten ficheros que intencionalmente oculten el dise&ntilde;o. Tampoco son aceptables como substitutos formatos anal&oacute;gicos alternativos a c&oacute;digo inform&aacute;tico compilado - como planchas de cobre listas para impresi&oacute;n derivadas de un paquete de CAD -. La licencia podr&iacute;a requerir que los ficheros de dise&ntilde;o se proporcionen en formatos abiertos completamente documentados.
 
'''2. Alcance'''
 
La documentaci&oacute;n del hardware deber&aacute; especificar claramente que parte del dise&ntilde;o, sino todo, se libera bajo la licencia.
 
'''3. Programas inform&aacute;ticos necesarios'''
 
Si el dise&ntilde;o bajo licencia necesita de un paquete de inform&aacute;tico, bien como parte del mismo, bien para operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas, la licencia podr&iacute;a requerir que se cumplieran alguna de las condiciones siguientes:
 
a) Que los interfaces habr&aacute;n de estar documentados suficientemente como para considerar la posibilidad de crear un paquete inform&aacute;tico en c&oacute;digo abierto que permitan al dispositivo operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas. Por ejemplo, esto podr&iacute;a incluir diagramas de tiempo detallados para se&ntilde;ales o pseudoc&oacute;digo que claramente ilustre el interface operando.
 
b) Que el paquete inform&aacute;tico necesario venga liberado bajo una licencia de código abierto aprobada por la OSI.
 
'''4. Obras derivadas'''
 
La licencia deber&aacute; permitir modificaciones y obras derivadas, y permitir&aacute; que &eacute;stas se distribuyan bajo los mismos t&eacute;rminos que la licencia de la obra original. La licencia permitir&aacute; la fabricaci&oacute;n, venta, distribuci&oacute;n y uso de productos creados a partir de los archivos de dise&ntilde;o, los archivos en s&iacute; mismos, y derivados de cualquiera de los anteriores.
 
'''5. Libre redistribuci&oacute;n'''
 
La licencia no podr&aacute; restringir a nadie de la venta o distribuci&oacute;n de la documentaci&oacute;n del proyecto. La licencia no podr&aacute; requerir el pago de derechos de autor por la mencionada venta. La licencia no podr&aacute; requerir ning&uacute;n derecho de autor o tasa relacionada a la venta de obras derivadas.
 
'''6. Atribuci&oacute;n'''
 
La licencia podr&iacute;a requerir que los documentos derivados y notificaciones de derechos de copia (copyright) asociadas con los dispositivos atribuyan la autor&iacute;a del/los autor/es licenciante/s a la hora de distribuir ficheros de dise&ntilde;o, bienes manufacturados y/o productos derivados de los mismos. La licencia podr&iacute;a requerir que esta informaci&oacute;n se hiciera accesible al usuario final utilizando el dispositivo, pero no podr&aacute; especificar el formato en que se muestre. La licencia podr&iacute;a requerir que las obras derivadas llevasen un nombre o n&uacute;mero de versión distinto de aquel del dise&ntilde;o original.
 
'''7. No discriminaci&oacute;n a personas o grupos'''
 
La licencia no puede discriminar ninguna persona o grupo de personas.
 
'''8. No discriminaci&oacute;n a campos de aplicaci&oacute;n'''
 
La licencia no puede restringir a nadie de hacer uso del trabajo (incluyendo el objeto manufacturado) en un campo espec&iacute;fico de aplicaci&oacute;n. Por ejemplo, no puede restringir el uso de hardware en un determinado negocio, o en investigaci&oacute;n nuclear militar.
 
'''9. Distribuci&oacute;n de la licencia'''
 
Los derechos proporcionados por la licencia deber&aacute;n ser aplicados a todos aquellos a los que sea redistribuido el trabajo sin la necesidad de ejecutar una licencia adicional.
 
'''10. La licencia no ser&aacute; espec&iacute;fica a un producto'''
 
Los derechos proporcionados por la licencia no dependen de que el trabajo licenciado sea parte de un producto determinado. Si una parte de una obra licenciada se usa y distribuye bajo los t&eacute;rminos de la licencia, todos aquellos a los que se les redistribuya la obra deber&aacute;n tener los mismos derechos que proporcione la obra original.
 
'''11. La licencia no deberá restringir otro Hardware o Software'''
 
La licencia no deberá colocar restricciones a elementos añadidos a la obra con el trabajo licenciado pero no derivados de él. Por ejemplo, la licencia no deberá asegurar que todo el hardware vendido con el objeto licenciado sea de “open source”, ni que sólo pueda utilizarse software de “open source” para controlar el dispositivo.
 
'''12. La licencia ser&aacute; neutra en t&eacute;rminos tecnol&oacute;gicos'''
 
Ninguna de las clausulas de la licencia depender&aacute; de una tecnolog&iacute;a espec&iacute;fica, componente, material o estilo de interface o uso de la misma.
 
'''Conclusi&oacute;n'''
 
Los firmantes de esta «Definici&oacute;n de Hardware de Fuentes Abiertas» reconocen que el movimiento del c&oacute;digo abierto representa s&oacute;lo una forma de compartir informaci&oacute;n. Nosotros promovemos y apoyamos todas las formas de apertura y colaboraci&oacute;n, est&eacute;n o no conformes con esta definici&oacute;n.
 
== Licencias y Hardware ==
 
Para promover el Hardware Abierto, es importante el no llevarse a enga&ntilde;o en t&eacute;rminos de la aplicaci&oacute;n de las leyes de derechos de autor. Seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U., como en muchos otros lugares, los derechos de autor no se aplican a los dise&ntilde;os de objetos electr&oacute;nicos. Por otra parte, las patentes si se aplican. El resultado es que una licencia de Hardware Abierto se puede usar para proteger los esquemas pero probablemente no los objetos manufacturados o incluso las reproducciones de un mismo dise&ntilde;o que no sean copias id&eacute;nticas del original. La secci&oacute;n que se aplica seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U. es la 17.102(b), que dice:
 
[...] In no case does ... in such work
 
(De ning&uacute;n modo la protecci&oacute;n copyright para un trabajo original de autor&iacute;a se extiende a cualquier idea, procedimiento, proceso, sistema, m&eacute;todo de operaci&oacute;n, concepto, principio, o descubrimiento, sin importar la forma en la cual se describe, explica, ilustra, o se incorpora al trabajo).
 
== Traducciones ==
 
Las siguientes traducciones han sido ofrecidas por miembros de la comunidad y deber&iacute;an ser chequeadas para comprobar su exactitud, y posibles problemas de lenguaje.
 
{{:OSHW/translations}}
 
== Endosos ==
 
El proyecto de Definici&oacute;n 1.0 de OSHW ha sido endosado a la fecha, por las siguientes [http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements personas y/u organizaciones].
 
Por favor, si&eacute;ntase libre de a&ntilde;adir (su propio nombre) de esta secci&oacute;n. El listado de su afiliaci&oacute;n es opcional para anotaciones personales, y se supone que los endosos son personales a menos que el nombre de la organizaci&oacute;n est&eacute; en la lista por separado.
 
Por favor, &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;];

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''''Hardware de Fuentes Abiertas (Ing. Open Source Hardware OSHW)''' ''Traducción Original: David Cuartielles [http://arduino.cc Arduino]'' ''Contribuciones (&Iacute;ndice, Enlaces, Citas y Secciones restantes): [http://freedomdefined.org/User:Joan_Espinoza Joan Espinoza] [http://www.pinguino.org.ve Ping&uuml;inoVE] {|__TOC__ |} Esta página alberga la versi&oacute;n 1.0 de la actual Propuesta de Principios y Definición de Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW). La declaración de ''principios'' es una descripción de alto nivel de los ideales del hardware de fuentes abiertas. La ''definición'' es un intento de aplicación de esos ideales a un estándar por el cual evaluar las licencias para los diseños de hardware. Para endosar la Definición 1.0 de Hardware de Fuentes Abiertas, por favor agregue su nombre (y afiliaci&oacute;n) [http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements aqu&iacute;] (v&iacute;nculo a la p&aacute;gina original de endosos en ingl&eacute;s). [http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts Borradores previos de la definici&oacute;n tambi&eacute;n est&aacute;n disponibles]. El compilado de los comentarios de la comunidad respecto a las versiones anteriores de la definición se puede encontrar [http://www.openhardwaresummit.org/compiled-feedback/ aqu&iacute;] Si desea proponer cambios a la declaraci&oacute;n de principios o a la definici&oacute;n, por favor h&aacute;galo en el [http://freedomdefined.org/OSHW_draft borrador de trabajo en curso]. Y, por favor, firme mientras lo edita, no de forma an&oacute;nima. ''Por favor &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;]'' == Declaración de Principios 1.0 == Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW en ingl&eacute;s) es aquel hardware cuyo dise&ntilde;o se hace disponible p&uacute;blicamente para que cualquier persona lo pueda estudiar, modificar, distribuir, materializar y vender, tanto el original como otros objetos basados en ese dise&ntilde;o. Las fuentes del hardware (entendidas como los ficheros fuente) habr&aacute;n de estar disponibles en un formato apropiado para poder realizar modificaciones sobre ellas. Idealmente, el hardware de fuentes abiertas utiliza componentes y materiales de alta disponibilidad, procesos estandarizados, infraestructuras abiertas, contenidos sin restricciones, y herramientas de fuentes abiertas de cara a maximizar la habilidad de los individuos para materializar y usar el hardware. El hardware de fuentes abiertas da libertad de controlar la tecnolog&iacute;a y al mismo tiempo compartir conocimientos y estimular la comercializaci&oacute;n por medio del intercambio abierto de dise&ntilde;os. == Definici&oacute;n 1.0 == El borrador de la «Definici&oacute;n 1.0 del hardware de fuentes abiertas» se basa en la [http://opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»] para software en c&oacute;digo abierto y el [http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts borrador de la «Definici&oacute;n del Hardware de Fuentes Abiertas 0.5»]. Dicha definici&oacute;n es un derivado de la [http://www.opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»], creada por Bruce Perens y los desarrolladores de Debian y conocida como la «Gu&iacute;a de Estilo del Software Libre para Debian». [http://www.eyebeam.org/projects/Opening-hardware Aqu&iacute;] se encuentran videos y documentaci&oacute;n del taller de hardware abierto que inici&oacute; el proceso de creaci&oacute;n de la definici&oacute;n. [http://openhardwaresummit.org/forum Aqu&iacute;] podr&aacute;s participar en la conversaci&oacute;n sobre la definici&oacute;n. '''Introducci&oacute;n''' El «Hardware de fuentes abiertas» es un t&eacute;rmino para denominar artefactos tangibles - m&aacute;quinas, dispositivos, u otros objetos del mundo f&iacute;sico - cuyo dise&ntilde;o ha sido publicado de forma tal que cualquier persona pueda fabricar, modificar, distribuir y usar esos objetos. Esta definici&oacute;n tiene la intenci&oacute;n de proveer una gu&iacute;a para el desarrollo y evaluaci&oacute;n de licencias para «Hardware de fuentes abiertas». Es importante notar que el hardware es diferente del c&oacute;digo (software) en la forma que los recursos f&iacute;sicos se dedican a la creaci&oacute;n de objetos f&iacute;sicos. De esta manera, personas o entidades produciendo objetos ("productos") bajo una licencia OSHW tienen la obligaci&oacute;n de no declarar que dichos objetos hayan sido manufacturados, vendidos, garantizados o autorizados en cualquier forma por el dise&ntilde;ador original. Adem&aacute;s dichas personas o entidades no deber&aacute;n usar ninguna de las marcas registradas en posesi&oacute;n del dise&ntilde;ador original. Los términos de distribuci&oacute;n del «Hardware de fuentes abiertas» habr&aacute;n de seguir los siguientes criterios: '''1. Documentaci&oacute;n''' El hardware liberado ha de incluir documentaci&oacute;n en la forma de ficheros de dise&ntilde;o y deber&aacute; permitir la modificaci&oacute;n y redistribuci&oacute;n de los mismos. Si la documentaci&oacute;n no acompa&ntilde;a al producto f&iacute;sico, deber&aacute; proporcionarse de manera clara la manera en que conseguir la informaci&oacute;n por no m&aacute;s que un razonable coste de reproducci&oacute;n, preferentemente por medio de una descarga desde internet libre de cargo. La documentaci&oacute;n deber&aacute; incluir los ficheros de dise&ntilde;o en un formato que permita introducir cambios, por ejemplo el formato nativo de un programa de CAD. No se permiten ficheros que intencionalmente oculten el dise&ntilde;o. Tampoco son aceptables como substitutos formatos anal&oacute;gicos alternativos a c&oacute;digo inform&aacute;tico compilado - como planchas de cobre listas para impresi&oacute;n derivadas de un paquete de CAD -. La licencia podr&iacute;a requerir que los ficheros de dise&ntilde;o se proporcionen en formatos abiertos completamente documentados. '''2. Alcance''' La documentaci&oacute;n del hardware deber&aacute; especificar claramente que parte del dise&ntilde;o, sino todo, se libera bajo la licencia. '''3. Programas inform&aacute;ticos necesarios''' Si el dise&ntilde;o bajo licencia necesita de un paquete de inform&aacute;tico, bien como parte del mismo, bien para operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas, la licencia podr&iacute;a requerir que se cumplieran alguna de las condiciones siguientes: a) Que los interfaces habr&aacute;n de estar documentados suficientemente como para considerar la posibilidad de crear un paquete inform&aacute;tico en c&oacute;digo abierto que permitan al dispositivo operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas. Por ejemplo, esto podr&iacute;a incluir diagramas de tiempo detallados para se&ntilde;ales o pseudoc&oacute;digo que claramente ilustre el interface operando. b) Que el paquete inform&aacute;tico necesario venga liberado bajo una licencia de código abierto aprobada por la OSI. '''4. Obras derivadas''' La licencia deber&aacute; permitir modificaciones y obras derivadas, y permitir&aacute; que &eacute;stas se distribuyan bajo los mismos t&eacute;rminos que la licencia de la obra original. La licencia permitir&aacute; la fabricaci&oacute;n, venta, distribuci&oacute;n y uso de productos creados a partir de los archivos de dise&ntilde;o, los archivos en s&iacute; mismos, y derivados de cualquiera de los anteriores. '''5. Libre redistribuci&oacute;n''' La licencia no podr&aacute; restringir a nadie de la venta o distribuci&oacute;n de la documentaci&oacute;n del proyecto. La licencia no podr&aacute; requerir el pago de derechos de autor por la mencionada venta. La licencia no podr&aacute; requerir ning&uacute;n derecho de autor o tasa relacionada a la venta de obras derivadas. '''6. Atribuci&oacute;n''' La licencia podr&iacute;a requerir que los documentos derivados y notificaciones de derechos de copia (copyright) asociadas con los dispositivos atribuyan la autor&iacute;a del/los autor/es licenciante/s a la hora de distribuir ficheros de dise&ntilde;o, bienes manufacturados y/o productos derivados de los mismos. La licencia podr&iacute;a requerir que esta informaci&oacute;n se hiciera accesible al usuario final utilizando el dispositivo, pero no podr&aacute; especificar el formato en que se muestre. La licencia podr&iacute;a requerir que las obras derivadas llevasen un nombre o n&uacute;mero de versión distinto de aquel del dise&ntilde;o original. '''7. No discriminaci&oacute;n a personas o grupos''' La licencia no puede discriminar ninguna persona o grupo de personas. '''8. No discriminaci&oacute;n a campos de aplicaci&oacute;n''' La licencia no puede restringir a nadie de hacer uso del trabajo (incluyendo el objeto manufacturado) en un campo espec&iacute;fico de aplicaci&oacute;n. Por ejemplo, no puede restringir el uso de hardware en un determinado negocio, o en investigaci&oacute;n nuclear militar. '''9. Distribuci&oacute;n de la licencia''' Los derechos proporcionados por la licencia deber&aacute;n ser aplicados a todos aquellos a los que sea redistribuido el trabajo sin la necesidad de ejecutar una licencia adicional. '''10. La licencia no ser&aacute; espec&iacute;fica a un producto''' Los derechos proporcionados por la licencia no dependen de que el trabajo licenciado sea parte de un producto determinado. Si una parte de una obra licenciada se usa y distribuye bajo los t&eacute;rminos de la licencia, todos aquellos a los que se les redistribuya la obra deber&aacute;n tener los mismos derechos que proporcione la obra original. '''11. La licencia no deberá restringir otro Hardware o Software''' La licencia no deberá colocar restricciones a elementos añadidos a la obra con el trabajo licenciado pero no derivados de él. Por ejemplo, la licencia no deberá asegurar que todo el hardware vendido con el objeto licenciado sea de “open source”, ni que sólo pueda utilizarse software de “open source” para controlar el dispositivo. '''12. La licencia ser&aacute; neutra en t&eacute;rminos tecnol&oacute;gicos''' Ninguna de las clausulas de la licencia depender&aacute; de una tecnolog&iacute;a espec&iacute;fica, componente, material o estilo de interface o uso de la misma. '''Conclusi&oacute;n''' Los firmantes de esta «Definici&oacute;n de Hardware de Fuentes Abiertas» reconocen que el movimiento del c&oacute;digo abierto representa s&oacute;lo una forma de compartir informaci&oacute;n. Nosotros promovemos y apoyamos todas las formas de apertura y colaboraci&oacute;n, est&eacute;n o no conformes con esta definici&oacute;n. == Licencias y Hardware == Para promover el Hardware Abierto, es importante el no llevarse a enga&ntilde;o en t&eacute;rminos de la aplicaci&oacute;n de las leyes de derechos de autor. Seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U., como en muchos otros lugares, los derechos de autor no se aplican a los dise&ntilde;os de objetos electr&oacute;nicos. Por otra parte, las patentes si se aplican. El resultado es que una licencia de Hardware Abierto se puede usar para proteger los esquemas pero probablemente no los objetos manufacturados o incluso las reproducciones de un mismo dise&ntilde;o que no sean copias id&eacute;nticas del original. La secci&oacute;n que se aplica seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U. es la 17.102(b), que dice: [...] In no case does ... in such work (De ning&uacute;n modo la protecci&oacute;n copyright para un trabajo original de autor&iacute;a se extiende a cualquier idea, procedimiento, proceso, sistema, m&eacute;todo de operaci&oacute;n, concepto, principio, o descubrimiento, sin importar la forma en la cual se describe, explica, ilustra, o se incorpora al trabajo). == Traducciones == Las siguientes traducciones han sido ofrecidas por miembros de la comunidad y deber&iacute;an ser chequeadas para comprobar su exactitud, y posibles problemas de lenguaje. {{:OSHW/translations}} == Endosos == El proyecto de Definici&oacute;n 1.0 de OSHW ha sido endosado a la fecha, por las siguientes [http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements personas y/u organizaciones]. Por favor, si&eacute;ntase libre de a&ntilde;adir (su propio nombre) de esta secci&oacute;n. El listado de su afiliaci&oacute;n es opcional para anotaciones personales, y se supone que los endosos son personales a menos que el nombre de la organizaci&oacute;n est&eacute; en la lista por separado. Por favor, &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;];'
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'@@ -1,115 +1 @@ -'''Hardware de Fuentes Abiertas (Ing. Open Source Hardware OSHW)''' - -''Traducción Original: David Cuartielles [http://arduino.cc Arduino]'' - -''Contribuciones (&Iacute;ndice, Enlaces, Citas y Secciones restantes): [http://freedomdefined.org/User:Joan_Espinoza Joan Espinoza] [http://www.pinguino.org.ve Ping&uuml;inoVE] - -{|__TOC__ -|} - -Esta página alberga la versi&oacute;n 1.0 de la actual Propuesta de Principios y Definición de Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW). La declaración de ''principios'' es una descripción de alto nivel de los ideales del hardware de fuentes abiertas. La ''definición'' es un intento de aplicación de esos ideales a un estándar por el cual evaluar las licencias para los diseños de hardware. - -Para endosar la Definición 1.0 de Hardware de Fuentes Abiertas, por favor agregue su nombre (y afiliaci&oacute;n) -[http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements aqu&iacute;] (v&iacute;nculo a la p&aacute;gina original de endosos en ingl&eacute;s). - -[http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts Borradores previos de la definici&oacute;n tambi&eacute;n est&aacute;n disponibles]. - -El compilado de los comentarios de la comunidad respecto a las versiones anteriores de la definición se puede encontrar [http://www.openhardwaresummit.org/compiled-feedback/ aqu&iacute;] - -Si desea proponer cambios a la declaraci&oacute;n de principios o a la definici&oacute;n, por favor h&aacute;galo en el [http://freedomdefined.org/OSHW_draft borrador de trabajo en curso]. Y, por favor, firme mientras lo edita, no de forma an&oacute;nima. - -''Por favor &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;]'' - -== Declaración de Principios 1.0 == - -Hardware de Fuentes Abiertas (OSHW en ingl&eacute;s) es aquel hardware cuyo dise&ntilde;o se hace disponible p&uacute;blicamente para que cualquier persona lo pueda estudiar, modificar, distribuir, materializar y vender, tanto el original como otros objetos basados en ese dise&ntilde;o. Las fuentes del hardware (entendidas como los ficheros fuente) habr&aacute;n de estar disponibles en un formato apropiado para poder realizar modificaciones sobre ellas. Idealmente, el hardware de fuentes abiertas utiliza componentes y materiales de alta disponibilidad, procesos estandarizados, infraestructuras abiertas, contenidos sin restricciones, y herramientas de fuentes abiertas de cara a maximizar la habilidad de los individuos para materializar y usar el hardware. El hardware de fuentes abiertas da libertad de controlar la tecnolog&iacute;a y al mismo tiempo compartir conocimientos y estimular la comercializaci&oacute;n por medio del intercambio abierto de dise&ntilde;os. - -== Definici&oacute;n 1.0 == - -El borrador de la «Definici&oacute;n 1.0 del hardware de fuentes abiertas» se basa en la [http://opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»] para software en c&oacute;digo abierto y el [http://freedomdefined.org/OSHW_older_drafts borrador de la «Definici&oacute;n del Hardware de Fuentes Abiertas 0.5»]. Dicha definici&oacute;n es un derivado de la [http://www.opensource.org/docs/osd «Definici&oacute;n de C&oacute;digo Abierto»], creada por Bruce Perens y los desarrolladores de Debian y conocida como la «Gu&iacute;a de Estilo del Software Libre para Debian». [http://www.eyebeam.org/projects/Opening-hardware Aqu&iacute;] se encuentran videos y documentaci&oacute;n del taller de hardware abierto que inici&oacute; el proceso de creaci&oacute;n de la definici&oacute;n. [http://openhardwaresummit.org/forum Aqu&iacute;] podr&aacute;s participar en la conversaci&oacute;n sobre la definici&oacute;n. - -'''Introducci&oacute;n''' - -El «Hardware de fuentes abiertas» es un t&eacute;rmino para denominar artefactos tangibles - m&aacute;quinas, dispositivos, u otros objetos del mundo f&iacute;sico - cuyo dise&ntilde;o ha sido publicado de forma tal que cualquier persona pueda fabricar, modificar, distribuir y usar esos objetos. Esta definici&oacute;n tiene la intenci&oacute;n de proveer una gu&iacute;a para el desarrollo y evaluaci&oacute;n de licencias para «Hardware de fuentes abiertas». - -Es importante notar que el hardware es diferente del c&oacute;digo (software) en la forma que los recursos f&iacute;sicos se dedican a la creaci&oacute;n de objetos f&iacute;sicos. De esta manera, personas o entidades produciendo objetos ("productos") bajo una licencia OSHW tienen la obligaci&oacute;n de no declarar que dichos objetos hayan sido manufacturados, vendidos, garantizados o autorizados en cualquier forma por el dise&ntilde;ador original. Adem&aacute;s dichas personas o entidades no deber&aacute;n usar ninguna de las marcas registradas en posesi&oacute;n del dise&ntilde;ador original. - -Los términos de distribuci&oacute;n del «Hardware de fuentes abiertas» habr&aacute;n de seguir los siguientes criterios: - -'''1. Documentaci&oacute;n''' - -El hardware liberado ha de incluir documentaci&oacute;n en la forma de ficheros de dise&ntilde;o y deber&aacute; permitir la modificaci&oacute;n y redistribuci&oacute;n de los mismos. Si la documentaci&oacute;n no acompa&ntilde;a al producto f&iacute;sico, deber&aacute; proporcionarse de manera clara la manera en que conseguir la informaci&oacute;n por no m&aacute;s que un razonable coste de reproducci&oacute;n, preferentemente por medio de una descarga desde internet libre de cargo. La documentaci&oacute;n deber&aacute; incluir los ficheros de dise&ntilde;o en un formato que permita introducir cambios, por ejemplo el formato nativo de un programa de CAD. No se permiten ficheros que intencionalmente oculten el dise&ntilde;o. Tampoco son aceptables como substitutos formatos anal&oacute;gicos alternativos a c&oacute;digo inform&aacute;tico compilado - como planchas de cobre listas para impresi&oacute;n derivadas de un paquete de CAD -. La licencia podr&iacute;a requerir que los ficheros de dise&ntilde;o se proporcionen en formatos abiertos completamente documentados. - -'''2. Alcance''' - -La documentaci&oacute;n del hardware deber&aacute; especificar claramente que parte del dise&ntilde;o, sino todo, se libera bajo la licencia. - -'''3. Programas inform&aacute;ticos necesarios''' - -Si el dise&ntilde;o bajo licencia necesita de un paquete de inform&aacute;tico, bien como parte del mismo, bien para operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas, la licencia podr&iacute;a requerir que se cumplieran alguna de las condiciones siguientes: - -a) Que los interfaces habr&aacute;n de estar documentados suficientemente como para considerar la posibilidad de crear un paquete inform&aacute;tico en c&oacute;digo abierto que permitan al dispositivo operar de forma apropiada y cumplir sus funciones b&aacute;sicas. Por ejemplo, esto podr&iacute;a incluir diagramas de tiempo detallados para se&ntilde;ales o pseudoc&oacute;digo que claramente ilustre el interface operando. - -b) Que el paquete inform&aacute;tico necesario venga liberado bajo una licencia de código abierto aprobada por la OSI. - -'''4. Obras derivadas''' - -La licencia deber&aacute; permitir modificaciones y obras derivadas, y permitir&aacute; que &eacute;stas se distribuyan bajo los mismos t&eacute;rminos que la licencia de la obra original. La licencia permitir&aacute; la fabricaci&oacute;n, venta, distribuci&oacute;n y uso de productos creados a partir de los archivos de dise&ntilde;o, los archivos en s&iacute; mismos, y derivados de cualquiera de los anteriores. - -'''5. Libre redistribuci&oacute;n''' - -La licencia no podr&aacute; restringir a nadie de la venta o distribuci&oacute;n de la documentaci&oacute;n del proyecto. La licencia no podr&aacute; requerir el pago de derechos de autor por la mencionada venta. La licencia no podr&aacute; requerir ning&uacute;n derecho de autor o tasa relacionada a la venta de obras derivadas. - -'''6. Atribuci&oacute;n''' - -La licencia podr&iacute;a requerir que los documentos derivados y notificaciones de derechos de copia (copyright) asociadas con los dispositivos atribuyan la autor&iacute;a del/los autor/es licenciante/s a la hora de distribuir ficheros de dise&ntilde;o, bienes manufacturados y/o productos derivados de los mismos. La licencia podr&iacute;a requerir que esta informaci&oacute;n se hiciera accesible al usuario final utilizando el dispositivo, pero no podr&aacute; especificar el formato en que se muestre. La licencia podr&iacute;a requerir que las obras derivadas llevasen un nombre o n&uacute;mero de versión distinto de aquel del dise&ntilde;o original. - -'''7. No discriminaci&oacute;n a personas o grupos''' - -La licencia no puede discriminar ninguna persona o grupo de personas. - -'''8. No discriminaci&oacute;n a campos de aplicaci&oacute;n''' - -La licencia no puede restringir a nadie de hacer uso del trabajo (incluyendo el objeto manufacturado) en un campo espec&iacute;fico de aplicaci&oacute;n. Por ejemplo, no puede restringir el uso de hardware en un determinado negocio, o en investigaci&oacute;n nuclear militar. - -'''9. Distribuci&oacute;n de la licencia''' - -Los derechos proporcionados por la licencia deber&aacute;n ser aplicados a todos aquellos a los que sea redistribuido el trabajo sin la necesidad de ejecutar una licencia adicional. - -'''10. La licencia no ser&aacute; espec&iacute;fica a un producto''' - -Los derechos proporcionados por la licencia no dependen de que el trabajo licenciado sea parte de un producto determinado. Si una parte de una obra licenciada se usa y distribuye bajo los t&eacute;rminos de la licencia, todos aquellos a los que se les redistribuya la obra deber&aacute;n tener los mismos derechos que proporcione la obra original. - -'''11. La licencia no deberá restringir otro Hardware o Software''' - -La licencia no deberá colocar restricciones a elementos añadidos a la obra con el trabajo licenciado pero no derivados de él. Por ejemplo, la licencia no deberá asegurar que todo el hardware vendido con el objeto licenciado sea de “open source”, ni que sólo pueda utilizarse software de “open source” para controlar el dispositivo. - -'''12. La licencia ser&aacute; neutra en t&eacute;rminos tecnol&oacute;gicos''' - -Ninguna de las clausulas de la licencia depender&aacute; de una tecnolog&iacute;a espec&iacute;fica, componente, material o estilo de interface o uso de la misma. - -'''Conclusi&oacute;n''' - -Los firmantes de esta «Definici&oacute;n de Hardware de Fuentes Abiertas» reconocen que el movimiento del c&oacute;digo abierto representa s&oacute;lo una forma de compartir informaci&oacute;n. Nosotros promovemos y apoyamos todas las formas de apertura y colaboraci&oacute;n, est&eacute;n o no conformes con esta definici&oacute;n. - -== Licencias y Hardware == - -Para promover el Hardware Abierto, es importante el no llevarse a enga&ntilde;o en t&eacute;rminos de la aplicaci&oacute;n de las leyes de derechos de autor. Seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U., como en muchos otros lugares, los derechos de autor no se aplican a los dise&ntilde;os de objetos electr&oacute;nicos. Por otra parte, las patentes si se aplican. El resultado es que una licencia de Hardware Abierto se puede usar para proteger los esquemas pero probablemente no los objetos manufacturados o incluso las reproducciones de un mismo dise&ntilde;o que no sean copias id&eacute;nticas del original. La secci&oacute;n que se aplica seg&uacute;n la ley de los E.E.U.U. es la 17.102(b), que dice: - - [...] In no case does ... in such work - -(De ning&uacute;n modo la protecci&oacute;n copyright para un trabajo original de autor&iacute;a se extiende a cualquier idea, procedimiento, proceso, sistema, m&eacute;todo de operaci&oacute;n, concepto, principio, o descubrimiento, sin importar la forma en la cual se describe, explica, ilustra, o se incorpora al trabajo). - -== Traducciones == - -Las siguientes traducciones han sido ofrecidas por miembros de la comunidad y deber&iacute;an ser chequeadas para comprobar su exactitud, y posibles problemas de lenguaje. - -{{:OSHW/translations}} - -== Endosos == - -El proyecto de Definici&oacute;n 1.0 de OSHW ha sido endosado a la fecha, por las siguientes [http://freedomdefined.org/OSHW#Endorsements personas y/u organizaciones]. - -Por favor, si&eacute;ntase libre de a&ntilde;adir (su propio nombre) de esta secci&oacute;n. El listado de su afiliaci&oacute;n es opcional para anotaciones personales, y se supone que los endosos son personales a menos que el nombre de la organizaci&oacute;n est&eacute; en la lista por separado. - -Por favor, &uacute;nase a la conversaci&oacute;n acerca de la definici&oacute;n [http://openhardwaresummit.org/forum aqu&iacute;]; +<a href=http://diclofenacsodec.webcam/>diclofenac</a> <a href=http://viagra-online-canadian-pharmacy.xyz/>viagra online canadian pharmacy</a> <a href=http://buy-torsemide.space/>helpful hints</a> <a href=http://buy-clomid.us/>clomid</a> <a href=http://finasteride.party/>propecia</a> <a href=http://provera2016.us/>provera tablets</a> <a href=http://orderviagra.bid/>viagra</a> '
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